Subvenciones para la implantación del certificado OHSAS 18001 (año 2011)
Regulación de las subvenciones a conceder por OSALAN, para la obtención o renovación del certificado OHSAS 18001 para la implantación de sistemas empresariales de gestión de riesgos laborales
400.000 euros
- BOPV de 14 de octubre de 2011 (BOPV N 196/2011)
RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2011, de la Directora General de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral, por la que se regula la concesión de subvenciones para la obtención o renovación del certificado OHSAS 18001 para la implantación de sistemas empresariales de gestión de riesgos laborales.
Carlos Fernández
(+34) 944032119
Las solicitudes de subvención deberán formularse en instancia normalizada, que se acompaña como anexo I de la presente Resolución. Dichas solicitudes, acompañadas de la documentación preceptiva, se presentarán en Osalan, c/ Camino de la Dinamita, s/n, 48903 Cruces-Barakaldo (Bizkaia), o en los Centros Territoriales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Las solicitudes de subvención deberán formularse en instancia normalizada, que se acompaña como anexo I de la presente Resolución. Dichas solicitudes, acompañadas de la documentación preceptiva, se presentarán en Osalan, c/ Camino de la Dinamita, s/n, 48903 Cruces-Barakaldo (Bizkaia), o en los Centros Territoriales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Regulación de las subvenciones a conceder por OSALAN, para la obtención o renovación del certificado OHSAS 18001 para la implantación de sistemas empresariales de gestión de riesgos laborales
Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Resolución las empresas privadas o grupos de empresas cuyos centros de trabajo permanentes estén radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco
Obtener la certificación o renovación de la certificación (no seguimiento) OHSAS 18001 entre el 25 de septiembre de 2010 y el 31 de octubre de 2011.
a) Las empresas que hayan sido subvencionadas anteriormente en la implantación de sistemas empresariales de riesgos laborales, y obtengan o hayan obtenido por primera vez la certificación OHSAS 18001, durante el período comprendido entre 25 de septiembre de 2010 y el 31 de octubre de 2011 como fecha límite, podrán ser subvencionadas hasta el 75% del presupuesto subvencionable con un límite de 3000€.
b) Las empresas que no habiendo sido subvencionadas anteriormente en la implantación de sistemas empresariales de riesgos laborales, obtengan o hayan obtenido por primera vez la certificación OHSAS 18001, durante el período comprendido entre 25 de septiembre de 2010 y el 31 de octubre de 2011 como fecha límite, podrán ser subvencionadas hasta el 75% del presupuesto subvencionable con un límite de 6000€..
c) Las empresas que habiendo obtenido con anterioridad al 25 de septiembre de 2010 la certificación OHSAS 18001, renueven dicha certificación (no seguimiento), durante el período comprendido entre 25 de septiembre de 2010 y el 31 de octubre de 2011 como fecha límite, podrán ser subvencionadas hasta el 75% del presupuesto subvencionable con un límite de 2000€.
El pago de las subvenciones que se concedan al amparo del régimen previsto en esta Resolución se hará efectivo mediante un único libramiento, una vez trascurrido el plazo de 15 días naturales a contar desde el siguiente a la notificación de la resolución del procedimiento al interesado sin mediar renuncia expresa.
- Documentación administrativa
- Impreso de instancia normalizada (anexo I).
- Certificado actualizado de la Hacienda Foral y de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, o de la entidad correspondiente en el caso de Sociedades Cooperativas, que acredite que la Entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Únicamente a los efectos de presentación de la solicitud podrá sustituirse por el escrito, debidamente sellado, en el que conste haberse solicitado la certificación. Se entenderá en situación regular de pagos la Entidad que hubiere obtenido un aplazamiento y lo acredite documentalmente respecto de la deuda aplazada.
- Fotocopia del poder de representación de la persona solicitante.
- Declaración jurada de la Entidad solicitante, (anexo II), en la que se haga constar:
- Su plantilla actual.
- Su cifra de facturación al 31 de diciembre del 2010.
- Que la misma no ha sido condenada mediante sentencia firme por cometer delitos contra la seguridad y salud laborales o sancionada con carácter firme por cometer infracción administrativa muy grave en dicha materia en el periodo de cinco años anteriores a la fecha de la convocatoria
- Haber realizado la Evaluación de Riesgos Laborales y el Plan de Prevención adoptando una modalidad de organización de la prevención, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y tener elaborada la planificación preventiva con carácter anual.
- Haber llevado a cabo la Auditoría del Sistema de Prevención establecido para aquellas modalidades organizativas que lo requieran, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
- Que la misma no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres, así como el cumplimiento de las siguientes exigencias impuestas por la normativa en materia de seguridad y salud laborales.
- Las distintas ayudas presentadas y/o obtenidas para el proyecto de inversión contemplado en la presente subvención hasta el día de la fecha.
- Las ayudas obtenidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso sujetas a la regla de minimis hasta el día de la fecha.
- El compromiso de comunicar cuantas solicitudes de ayuda realice para este proyecto en instituciones públicas o privadas.
- Se deberá presentar, en función de la modalidad de organización preventiva elegida, certificado del/ de los servicio/s de prevención ajeno/s autorizado/s, con el/los que ha concertado la empresa solicitante, en el/los que conste la vigencia actual del/de los concierto/s y la/s especialidad/es concertada/s.
- Se deberá presentar, en función de la modalidad de organización preventiva elegida, certificado de la Entidad Auditora autorizada, en el que conste que la empresa ha realizado la Auditoría Reglamentaria del sistema de prevención y que ésta se encuentra actualizada.
- Certificación OHSAS 18001, acreditativa de la efectiva implantación del sistema empresarial de gestión de riesgos laborales, junto con las facturas originales o compulsadas o cualquier otro documento válido en derecho, del correspondiente gasto experimentado. De no ser posible su aportación conjunta con la solicitud, compromiso de la empresa solicitante de aportarlo durante el plazo de presentación de solicitudes recogido en el artículo 7.2.
- Documentación técnica
Descripción pormenorizada de las actuaciones realizadas para la implantación de la norma OHSAS 18001, desglosadas, si procediera, por centros de trabajo en los cuales se haya implantado la misma. Junto con estas actuaciones se deberán incluir, si procediera, los gastos internos derivados de las mismas, especificando en su caso el número de horas invertidas en su realización, que estén inequívocamente relacionadas con la actividad subvencionable. En ningún caso se subvencionaran gastos de estructura ni costes de oportunidad.
Los gastos mencionados en el párrafo anterior deberán justificarse mediante documento válido en derecho que acredite el costo del tiempo invertido por los recursos humanos empleados (nómina, 10T, etc).
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
31 de octubre de 2011
Hasta el 30 de noviembre de 2011
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección General de OSALAN.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección General de OSALAN.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.